lunes, 16 de junio de 2014
martes, 3 de junio de 2014
Maniobras actuales para el atragantamiento
Buscando información sobre la tecnicas actuales para el atragantamiento solo en cuentre la Maniobra
Heimlich es la que mas aparece.
La maniobra de Heimlich, publicada en 1974, es una medida
salvavidas que se aplica para desobstruir la garganta de un alimento o cuerpo
extraño. El objetivo es aumentar la presión intratorácica mediante compresiones
en el abdomen o el tórax para que se produzca un flujo de aire espiratorio
capaz de expulsar el cuerpo extraño enclavado en la vía aérea. La maniobra variará según el paciente esté
consciente o inconsciente y es aplicable a los adultos y a niños mayores.
En caso de obstrucción parcial
Si la persona está tosiendo, no se debe interferir, las
toses son un mecanismo de defensa que le ayudarán a expulsar el objeto extraño,
lo mejor es animarle a seguir tosiendo.
También se puede intentar extraer con cuidado el objeto que
esté causando el atragantamiento, para ello utilizaremos los dedos índice y
pulgar.
En caso de obstrucción total
La víctima no emite sonido alguno, pero está consciente. En
este caso se llevará a cabo la Maniobra de Heimlich, que consiste en
compresiones que intentarán sacar el objeto asfixiante y desbloquear la salida
y entrada de aire. La técnica para realizarla es la siguiente:
Colócate detrás de la persona estando tú de pie.
Pon tus brazos alrededor de la cintura: la mano derecha en
forma de puño cerrado en la parte superior del abdomen de la persona afectada
(a la altura de la boca del estómago, donde se unen las costillas), y la mano
izquierda tomando el puño, rodeando con los brazos la base del tórax.
Comprime el abdomen brusca y fuertemente hacia arriba con
ambas manos.
Suspende la compresión.
Repite la maniobra las veces que sea necesario hasta que la
persona expulse el cuerpo extraño de su garganta o que pierda el conocimiento.
Si pierde el conocimiento, pide ayuda inmediatamente al
teléfono de emergencias comunicando breve y claramente lo sucedido.
En niños mayores de un año se utiliza el mismo procedimiento
anterior, pero el puño se coloca sobre el ombligo del niño con el lado del
pulgar hacia el abdomen.
Si una persona está sola y sufre de ahogamiento por objetos
que obstruyen la vía respiratoria (tráquea), se puede utilizar la Maniobra
Heimlich en uno mismo, clavando o posicionando el peso del cuerpo en el
respaldo de una silla, de esta forma la presión dentro del pecho es
incrementada rápidamente, forzando al objeto a salir fuera de la vía
respiratoria.
martes, 27 de mayo de 2014
FRAP
FRAP es un formato de registro de atención prehospitalaria, lo que permitirá al responsable llenar e inscribir de manera precisa los datos mas relevantes que se toma de decisiones en el traslado prehospitalario ante una situacion de urgencia medica.
es un documento oficial cuyo llenado es obligatorio para todo aquel establecimiento de atencion medica en unidades moviles tipo ambulancia, conforme a lo dispuesto en la norma oficial.
El formato de registro de atención prehospitalaria se elaboró basándose en:
• Los aspectos que contempla la NOM-237.
• Los aspectos legales que de manera obligada debemos reportar.
• Los datos médicos de evaluación y tratamiento
• Las indicaciones del Consejo Nacional de Directores, para los fines antes indicados.
Esto se deriva de la necesidad de que la Cruz Roja Mexicana, cuente con un formato único para el registro de la Atención Prehospitalaria de las Urgencias Médicas, en atención a los siguientes aspectos:
• Diversas necesidades administrativas y operativas, este documento resolverá las mismas.
• Unificar a nivel Nacional el formato que ya se utilizaba.
• Flujo de información más oportuno y eficaz, con tecnología de punta.
• Contar con las herramientas que en su momento aportaran elementos para el desarrollo de diferentes proyectos de la Institución, así como, para la prevención en beneficio de la sociedad mexicana.
Se elaboró siguiendo el orden en el que se atiende una urgencia
• Llamada de urgencia.
• Evaluación inicial.
• Evaluación secundaria.
• Tratamiento.
• Traslado.
Llevando la secuencia protocolaria del reporte radial y entrega de pacientes en la sala de urgencias.
• Identificación de la unidad.
• Sitio en el que se encuentra.
• Sexo y edad.
• Antecedente.
-Trauma.
-Enfermedad.
-Ginecoobstétrico.
• Estado de consciencia.
• Con o sin problemas de ventilación.
• Con o sin problemas hemodinámicos.
• Datos de la exploración física.
• Signos vitales.
• Tratamiento.
• Traslado al hospital.
El FRAP será distribuido de la siguiente manera:
- Original, se entregará en la Delegación o Base para ser archivada y captura de los datos en la base de datos.
- Copia uno, se entregara al medico del hospital receptor para anexarlo al expediente clínico como lo maraca la NOM -068- SSA-
- Copia dos, se entregara al ministerio publico
Los formatos para el registro de la atención prehospitalaria de las urgencias médicas, independientemente del diseño que cada centro desarrolle, deberá contener como mínimo los campos para el registro de la información siguiente:
1.- Datos del registro: Número progresivo de folio del formato.
2.- Datos del servicio: Fecha: día, mes, año.
3.- Identificación de la ambulancia con número económico, placas e institución a la que pertenece.
4.- Tipo de servicio, urgencia, traslado, cuidados intensivos.
5.- Lugar de ocurrencia del la urgencia ya sea hogar, escuela, trabajo, instalaciones deportivas o de recreación o vía publica.
6.- Hora de primer contacto.
7.- Hora de alta del paciente en el sitio de la urgencia o de la recepción del paciente en el establecimiento para la atención médica y hora en la que queda disponible la unidad.
8.- Identificación del operador de la unidad y nombre de los prestadores de servicio de salud.
9.- Datos del paciente: Nombre o media filiación, edad, sexo.
10.- Antecedentes patológicos.
11.- Padecimiento actual: Causa traumática o no traumática de la urgencia. Cinemática del trauma, en su caso, o enfermedad súbita o enfermedad crónica o complicación de enfermedad crónica.
12.- Exploración física básica: Signos vitales; coloración de la piel; estado de pupilas.
13.- Descripción de lesiones: Localización, tipo de lesión, gravedad, afección de órganos, aparatos y sistemas.
14.- Manejo proporcionado: Vía aérea, ventilación, circulación, líquidos endovenosos, fármacos, inmovilización, así como cualquier otra observación.
15:- Recepción del usuario: Sitio, que puede ser un establecimiento para la atención médica, el hogar o alta en el sitio; datos y firmas del responsable que recibe y del responsable que entrega.
QUE ES EL FRAP
FRAP es un formato de registro de atención prehospitalaria, lo que permitirá al responsable llenar e inscribir de manera precisa los datos mas relevantes que se toma de decisiones en el traslado prehospitalario ante una situacion de urgencia medica.
es un documento oficial cuyo llenado es obligatorio para todo aquel establecimiento de atencion medica en unidades moviles tipo ambulancia, conforme a lo dispuesto en la norma oficial.
El formato de registro de atención prehospitalaria se elaboró basándose en:
• Los aspectos que contempla la NOM-237.
• Los aspectos legales que de manera obligada debemos reportar.
• Los datos médicos de evaluación y tratamiento
• Las indicaciones del Consejo Nacional de Directores, para los fines antes indicados.
Esto se deriva de la necesidad de que la Cruz Roja Mexicana, cuente con un formato único para el registro de la Atención Prehospitalaria de las Urgencias Médicas, en atención a los siguientes aspectos:
• Diversas necesidades administrativas y operativas, este documento resolverá las mismas.
• Unificar a nivel Nacional el formato que ya se utilizaba.
• Flujo de información más oportuno y eficaz, con tecnología de punta.
• Contar con las herramientas que en su momento aportaran elementos para el desarrollo de diferentes proyectos de la Institución, así como, para la prevención en beneficio de la sociedad mexicana.
Se elaboró siguiendo el orden en el que se atiende una urgencia
• Llamada de urgencia.
• Evaluación inicial.
• Evaluación secundaria.
• Tratamiento.
• Traslado.
Llevando la secuencia protocolaria del reporte radial y entrega de pacientes en la sala de urgencias.
• Identificación de la unidad.
• Sitio en el que se encuentra.
• Sexo y edad.
• Antecedente.
-Trauma.
-Enfermedad.
-Ginecoobstétrico.
• Estado de consciencia.
• Con o sin problemas de ventilación.
• Con o sin problemas hemodinámicos.
• Datos de la exploración física.
• Signos vitales.
• Tratamiento.
• Traslado al hospital.
El FRAP será distribuido de la siguiente manera:
- Original, se entregará en la Delegación o Base para ser archivada y captura de los datos en la base de datos.
- Copia uno, se entregara al medico del hospital receptor para anexarlo al expediente clínico como lo maraca la NOM -068- SSA-
- Copia dos, se entregara al ministerio publico
Los formatos para el registro de la atención prehospitalaria de las urgencias médicas, independientemente del diseño que cada centro desarrolle, deberá contener como mínimo los campos para el registro de la información siguiente:
1.- Datos del registro: Número progresivo de folio del formato.
2.- Datos del servicio: Fecha: día, mes, año.
3.- Identificación de la ambulancia con número económico, placas e institución a la que pertenece.
4.- Tipo de servicio, urgencia, traslado, cuidados intensivos.
5.- Lugar de ocurrencia del la urgencia ya sea hogar, escuela, trabajo, instalaciones deportivas o de recreación o vía publica.
6.- Hora de primer contacto.
7.- Hora de alta del paciente en el sitio de la urgencia o de la recepción del paciente en el establecimiento para la atención médica y hora en la que queda disponible la unidad.
8.- Identificación del operador de la unidad y nombre de los prestadores de servicio de salud.
9.- Datos del paciente: Nombre o media filiación, edad, sexo.
10.- Antecedentes patológicos.
11.- Padecimiento actual: Causa traumática o no traumática de la urgencia. Cinemática del trauma, en su caso, o enfermedad súbita o enfermedad crónica o complicación de enfermedad crónica.
12.- Exploración física básica: Signos vitales; coloración de la piel; estado de pupilas.
13.- Descripción de lesiones: Localización, tipo de lesión, gravedad, afección de órganos, aparatos y sistemas.
14.- Manejo proporcionado: Vía aérea, ventilación, circulación, líquidos endovenosos, fármacos, inmovilización, así como cualquier otra observación.
15:- Recepción del usuario: Sitio, que puede ser un establecimiento para la atención médica, el hogar o alta en el sitio; datos y firmas del responsable que recibe y del responsable que entrega.
LEYES IMPLÍCITAS PARA PARA LOS PRIMEROS INTERVINIENTES
La Ley 41/2002 de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de los derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, en su capítulo 1, art. 2 párrafos 6 y 7 dice: “Todo profesional que interviene en la actividad asistencial está obligado no sólo a la correcta prestación de sus técnicas, sino al cumplimiento de los deberes de información y de documentación clínica, y al respecto de las decisiones adoptadas libre y voluntariamente por el paciente”.
El informe, en la transferencia del paciente en SVB documenta nuestra actuación y traslada los datos necesarios al siguiente escalafón sanitario. El informe debe escribirse en el papel de la institución para la que se trabaja y debe estar adaptado a las funciones de los técnicos de emergencias, con duplicado para el paciente y cuya custodia pertenece al hospital hasta el alta del mismo, cumpliendo con la normativa de la recogida de datos con carácter sanitario, siendo visible el texto de ley y archivo de la protección de datos, teniendo en cuenta que los datos sanitarios son los de más alta protección, además de debernos al secreto profesional.
El estado y la evolución de las lesiones derivadas de un accidente dependen en gran parte de la rapidez y de la calidad de los primeros auxilios recibidos. La Ley 31/95, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales , en el Capítulo III, artículo 20 marca como obligación del empresario el análisis de las posibles situaciones de emergencia así como la adopción de la medidas necesarias, entre otras, en materia de primeros auxilios.
Los puntos a considerar, tal como marca la citada ley, serían:
Designación del personal encargado de poner en práctica dichas medidas previa consulta de los delegados de prevención (art. 33 y 36 de la LPRL). Dicho personal, en función de los riesgos, deberá recibir la formación adecuada en materia de primeros auxilios, ser suficiente en número y disponer del material adecuado, siempre a tenor del tamaño y actividad de la empresa, de la organización del trabajo y del nivel tecnológico de aquella.
Revisión o comprobación periódica del correcto funcionamiento de las medidas adoptadas.
Organización de las relaciones que sean necesarias con servicios externos para garantizar la rapidez y eficacia de las actuaciones en materia de primeros auxilios y asistencia médica de urgencias.
lunes, 26 de mayo de 2014
LEYES IMPLÍCITAS PARA LOS PRIMER INTERVINIENTES
La Ley 41/2002 de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de los derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, en su capítulo 1, art. 2 párrafos 6 y 7 dice: “Todo profesional que interviene en la actividad asistencial está obligado no sólo a la correcta prestación de sus técnicas, sino al cumplimiento de los deberes de información y de documentación clínica, y al respecto de las decisiones adoptadas libre y voluntariamente por el paciente”.
El informe, en la transferencia del paciente en SVB documenta nuestra actuación y traslada los datos necesarios al siguiente escalafón sanitario. El informe debe escribirse en el papel de la institución para la que se trabaja y debe estar adaptado a las funciones de los técnicos de emergencias, con duplicado para el paciente y cuya custodia pertenece al hospital hasta el alta del mismo, cumpliendo con la normativa de la recogida de datos con carácter sanitario, siendo visible el texto de ley y archivo de la protección de datos, teniendo en cuenta que los datos sanitarios son los de más alta protección, además de debernos al secreto profesional.
El estado y la evolución de las
lesiones derivadas de un accidente dependen en gran parte de la rapidez y de la
calidad de los primeros auxilios recibidos. La Ley 31/95, de 8 de
noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales , en el Capítulo
III, artículo 20 marca como obligación del empresario el análisis de las
posibles situaciones de emergencia así como la adopción de la medidas
necesarias, entre otras, en materia de primeros auxilios.
Los puntos a considerar, tal como
marca la citada ley, serían:
Designación del personal
encargado de poner en práctica dichas medidas previa consulta de los delegados
de prevención (art. 33 y 36 de la LPRL). Dicho personal, en función de los
riesgos, deberá recibir la formación adecuada en materia de primeros auxilios,
ser suficiente en número y disponer del material adecuado, siempre a tenor del
tamaño y actividad de la empresa, de la organización del trabajo y del nivel
tecnológico de aquella.
Revisión
o comprobación periódica del correcto funcionamiento de las medidas adoptadas.
Organización
de las relaciones que sean necesarias con servicios externos para garantizar la
rapidez y eficacia de las actuaciones en materia de primeros auxilios y
asistencia médica de urgencias.
La citada ley considera la no
adopción de dichas medidas como una infracción grave (art.47.10) o muy grave
(art. 48.8) si origina un riesgo grave e inminente.
QUE ES EL FRAP
FRAP es un formato de registro de atención prehospitalaria, lo que permitirá al responsable llenar e inscribir de manera precisa los datos mas relevantes que se toma de decisiones en el traslado prehospitalario ante una situacion de urgencia medica.
es un documento oficial cuyo llenado es obligatorio para todo aquel establecimiento de atencion medica en unidades moviles tipo ambulancia, conforme a lo dispuesto en la norma oficial.
El formato de registro de atención prehospitalaria se elaboró basándose en:
• Los aspectos que contempla la NOM-237.
• Los aspectos legales que de manera obligada debemos reportar.
• Los datos médicos de evaluación y tratamiento
• Las indicaciones del Consejo Nacional de Directores, para los fines antes indicados.
Esto se deriva de la necesidad de que la Cruz Roja Mexicana, cuente con un formato único para el registro de la Atención Prehospitalaria de las Urgencias Médicas, en atención a los siguientes aspectos:
• Diversas necesidades administrativas y operativas, este documento resolverá las mismas.
• Unificar a nivel Nacional el formato que ya se utilizaba.
• Flujo de información más oportuno y eficaz, con tecnología de punta.
• Contar con las herramientas que en su momento aportaran elementos para el desarrollo de diferentes proyectos de la Institución, así como, para la prevención en beneficio de la sociedad mexicana.
Se elaboró siguiendo el orden en el que se atiende una urgencia
• Llamada de urgencia.
• Evaluación inicial.
• Evaluación secundaria.
• Tratamiento.
• Traslado.
Llevando la secuencia protocolaria del reporte radial y entrega de pacientes en la sala de urgencias.
• Identificación de la unidad.
• Sitio en el que se encuentra.
• Sexo y edad.
• Antecedente.
-Trauma.
-Enfermedad.
-Ginecoobstétrico.
• Estado de consciencia.
• Con o sin problemas de ventilación.
• Con o sin problemas hemodinámicos.
• Datos de la exploración física.
• Signos vitales.
• Tratamiento.
• Traslado al hospital.
El FRAP será distribuido de la siguiente manera:
- Original, se entregará en la Delegación o Base para ser archivada y captura de los datos en la base de datos.
- Copia uno, se entregara al medico del hospital receptor para anexarlo al expediente clínico como lo maraca la NOM -068- SSA-
- Copia dos, se entregara al ministerio publico
Los formatos para el registro de la atención prehospitalaria de las urgencias médicas, independientemente del diseño que cada centro desarrolle, deberá contener como mínimo los campos para el registro de la información siguiente:
1.- Datos del registro: Número progresivo de folio del formato.
2.- Datos del servicio: Fecha: día, mes, año.
3.- Identificación de la ambulancia con número económico, placas e institución a la que pertenece.
4.- Tipo de servicio, urgencia, traslado, cuidados intensivos.
5.- Lugar de ocurrencia del la urgencia ya sea hogar, escuela, trabajo, instalaciones deportivas o de recreación o vía publica.
6.- Hora de primer contacto.
7.- Hora de alta del paciente en el sitio de la urgencia o de la recepción del paciente en el establecimiento para la atención médica y hora en la que queda disponible la unidad.
8.- Identificación del operador de la unidad y nombre de los prestadores de servicio de salud.
9.- Datos del paciente: Nombre o media filiación, edad, sexo.
10.- Antecedentes patológicos.
11.- Padecimiento actual: Causa traumática o no traumática de la urgencia. Cinemática del trauma, en su caso, o enfermedad súbita o enfermedad crónica o complicación de enfermedad crónica.
12.- Exploración física básica: Signos vitales; coloración de la piel; estado de pupilas.
13.- Descripción de lesiones: Localización, tipo de lesión, gravedad, afección de órganos, aparatos y sistemas.
14.- Manejo proporcionado: Vía aérea, ventilación, circulación, líquidos endovenosos, fármacos, inmovilización, así como cualquier otra observación.
15:- Recepción del usuario: Sitio, que puede ser un establecimiento para la atención médica, el hogar o alta en el sitio; datos y firmas del responsable que recibe y del responsable que entrega.
miércoles, 21 de mayo de 2014
investigar centros especializados terciarios en Puebla
Actualmente
en el país se cuenta con 17 unidades equipadas para la atención a quemados:
Cinco en el Distrito Federal; una en Toluca, Estado de México; una en Morelia,
Michoacán; una en Guadalajara, Jalisco; una en Hermosillo, Sonora; una en
Villahermosa, Tabasco; una en Tlaxcala, Tlaxcala; una en Chihuahua, Chihuahua;
Ciudad Victoria, Tamaulipas; una en Monterrey, Nuevo León; una en Xalapa y dos
en el puerto de Veracruz, Veracruz. Además se cuenta con un centro nacional: el
Ceniaq, ubicado en la ciudad de México.
El
Instituto Mexicano del Seguro Social cuenta con una unidad para quemados en el
Centro Médico Nacional de Occidente; otra, en el Hospital de Traumatología
Lomas Verdes, y una más en el Hospital Magdalena de las Salinas. El Instituto
de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado cuenta con una
unidad en el Centro Médico Nacional 20 de Noviembre. Todos se encuentran en el
Distrito Federal.
Centros
especializados en politraumatizados en puebla:
Unidad
Hospitalaria la Paz .
Instituto
Mexicano del Seguro Social en Mexico.
investigar centros especializados terciarios en Puebla
Actualmente
en el país se cuenta con 17 unidades equipadas para la atención a quemados:
Cinco en el Distrito Federal; una en Toluca, Estado de México; una en Morelia,
Michoacán; una en Guadalajara, Jalisco; una en Hermosillo, Sonora; una en
Villahermosa, Tabasco; una en Tlaxcala, Tlaxcala; una en Chihuahua, Chihuahua;
Ciudad Victoria, Tamaulipas; una en Monterrey, Nuevo León; una en Xalapa y dos
en el puerto de Veracruz, Veracruz. Además se cuenta con un centro nacional: el
Ceniaq, ubicado en la ciudad de México.
El
Instituto Mexicano del Seguro Social cuenta con una unidad para quemados en el
Centro Médico Nacional de Occidente; otra, en el Hospital de Traumatología
Lomas Verdes, y una más en el Hospital Magdalena de las Salinas. El Instituto
de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado cuenta con una
unidad en el Centro Médico Nacional 20 de Noviembre. Todos se encuentran en el
Distrito Federal.
Centros
especializados en politraumatizados en puebla:
Unidad
Hospitalaria la Paz .
Instituto
Mexicano del Seguro Social en México.
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